El paciente que pide una segunda opinión
Publicado el 2 de agosto de 2026
Respuesta corta
La Ley 23 de 1981 trata la segunda opinión como algo normal, no como una amenaza. El artículo 20 dispone que el médico tratante garantizará al enfermo o a sus allegados el derecho de elegir al cirujano o especialista de su confianza. El artículo 19 permite al médico tratante solicitar el concurso de otros colegas en Junta Médica cuando la evolución de la enfermedad lo requiera. Y el artículo 30 fija el límite de la conversación: el médico no desaprobará con palabras o de cualquier otra manera las actuaciones de sus colegas en relación con los enfermos, y es agravante que la conducta esté dirigida a quedarse con el paciente. En la práctica, el paciente que anuncia que va a pedir otra opinión no está desconfiando del médico: está manejando su propia incertidumbre. La respuesta que conserva la relación es facilitarla y ofrecer el material que la haga útil.
El paciente dice que quiere consultar a otro cirujano antes de decidir. La reacción instintiva es defenderse, y es exactamente la que hace perder el caso. La norma, además, es clara al respecto.
1. Elegir es un derecho del paciente
El artículo 20 de la Ley 23 de 1981 establece que el médico tratante garantizará al enfermo o a sus allegados inmediatos responsables el derecho de elegir al cirujano o especialista de su confianza. No es una concesión: es un deber del tratante.
2. Y convocar a otros también es una herramienta del médico
El artículo 19 permite al médico tratante solicitar el concurso de otros colegas en Junta Médica cuando la evolución de la enfermedad lo requiera, con los integrantes escogidos de común acuerdo entre los responsables del enfermo y el médico tratante. El artículo 24 agrega que en las juntas médicas los honorarios serán iguales para todos los participantes.
Es decir: la segunda mirada está prevista dentro del ejercicio, no fuera de él.
3. El límite que sí cuesta el paciente
El artículo 30 dispone que el médico no desaprobará con palabras ni de cualquier otra manera las actuaciones de sus colegas en relación con los enfermos, y precisa que es agravante que la conducta esté dirigida a quedarse con el paciente.
Más allá de la norma, funciona mal: el paciente que escucha a un cirujano descalificar a otro no concluye que este sea mejor, concluye que ninguno es confiable.
4. Cómo se explica el propio criterio sin descalificar
- Describir qué se propone y por qué, con los hallazgos que lo sustentan.
- Reconocer que existen abordajes distintos y en qué se diferencian.
- Decir qué haría cambiar de opinión, que es la señal más fuerte de criterio propio.
- No especular sobre lo que otro médico habrá pensado del caso.
5. Qué entregar
Lo que haga útil la otra consulta: resumen clínico, estudios y el plan propuesto con su razón. Un paciente que llega documentado a la segunda opinión recibe una comparación real y no una repetición de exámenes, y con frecuencia vuelve, porque la comparación honesta suele favorecer al que la facilitó.
6. Lo que en realidad está pasando
Quien pide una segunda opinión rara vez está desconfiando del médico: está manejando su propia incertidumbre frente a una decisión irreversible. Tratarla como parte normal del proceso comunica seguridad, que es precisamente lo que esa persona está tratando de medir.
Preguntas frecuentes
¿El paciente tiene derecho a una segunda opinión?
El artículo 20 de la Ley 23 de 1981 establece que el médico tratante garantizará al enfermo o a sus allegados inmediatos responsables el derecho de elegir al cirujano o especialista de su confianza.
¿Puedo opinar sobre el manejo que propuso otro colega?
El artículo 30 dispone que el médico no desaprobará con palabras ni de otra manera las actuaciones de sus colegas en relación con los enfermos, y agrava la conducta que esté dirigida a quedarse con el paciente. Se puede explicar el propio criterio sin descalificar el ajeno.
¿Qué le entrego al paciente que va a consultar a otro?
Lo que haga útil esa consulta: el resumen clínico, los estudios y el plan propuesto con su razón. Un paciente que llega bien documentado a la segunda opinión vuelve mejor informado, y a menudo vuelve.
¿Cómo manejo la conversación sin perder al paciente?
Tratándola como parte normal de una decisión quirúrgica. La reacción defensiva es la que confirma la duda; facilitar la consulta comunica seguridad, que es exactamente lo que el paciente está tratando de medir.
Fuentes
- Ley 23 de 1981 (normas en materia de ética médica) — MinSalud
- Sentencia C-264 de 1996 — Corte Constitucional (secreto profesional médico)
Este artículo es información general, no asesoría jurídica ni contable. La normatividad cambia: verifique el texto vigente antes de tomar una decisión.
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