ADRES y giro directo: por dónde llega la plata
Publicado el 8 de septiembre de 2026
Respuesta corta
En el Sistema General de Seguridad Social en Salud el dinero de una atención no siempre pasa por las manos de la EPS antes de llegar al prestador. El giro directo permite que la ADRES transfiera recursos directamente a las instituciones prestadoras, y esa ruta cambia a quién hay que perseguir cuando una cuenta no se paga y qué información sirve para hacerlo. Entender por dónde viaja el dinero de cada uno de sus pagadores no es una curiosidad administrativa: determina si la gestión de cartera se hace contra la EPS, contra la ADRES o contra ambas, y explica por qué dos facturas del mismo mes con dos pagadores distintos se comportan de forma tan diferente.
Cuando una factura no se paga, la primera pregunta suele ser «a quién le reclamo». Es una pregunta más difícil de lo que parece, porque el dinero de una atención no siempre viaja por donde uno cree.
1. La ruta que casi todos asumen
El prestador atiende, factura a la EPS, la EPS audita y paga. Esa ruta existe y es la intuitiva. También es sólo una de las posibles, y asumirla por defecto es lo que hace que algunos consultorios pasen meses reclamando a quien no gira.
2. Qué es el giro directo
Un mecanismo por el cual los recursos se transfieren directamente desde la ADRES a las instituciones prestadoras, sin pasar antes por la entidad aseguradora. Su existencia cambia dos cosas prácticas: contra quién se hace la gestión de cobro, y qué información sirve para hacerla.
3. Por qué dos facturas del mismo mes se comportan distinto
Porque la ruta depende del pagador y del régimen. Es normal que en un mismo consultorio una cuenta avance sola y otra, del mismo mes y por el mismo monto, se quede quieta. No es aleatorio: son dos caminos distintos, y sólo se puede gestionar el que se conoce.
4. Cuando el pagador entra en medida especial
Si la entidad entra en intervención o liquidación, la cuenta deja de ser una cartera común y pasa a ser una acreencia dentro de un proceso. La recuperación suele ser parcial y tardía. De ahí una conclusión incómoda pero útil: al evaluar una cartera pesa más la solvencia del pagador que la antigüedad de la factura.
5. Lo que conviene tener por escrito de cada contrato
- Por qué ruta viaja el dinero de esa atención.
- Quién es la contraparte real cuando hay que reclamar.
- Qué plazo aplica y desde qué hecho se cuenta.
- Qué pasa si la entidad entra en medida especial.
Son cuatro respuestas que casi nunca están escritas en un solo lugar, y que determinan si la gestión de cartera de los próximos seis meses va a servir de algo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el giro directo?
Un mecanismo por el cual los recursos del sistema se transfieren directamente a las instituciones prestadoras de servicios de salud, en lugar de pasar antes por la entidad aseguradora.
¿Aplica a todas mis facturas?
No. Depende del pagador y del régimen, y por eso conviene saber, para cada uno de sus contratos, por qué ruta viaja el dinero de esa atención.
¿Cambia a quién le reclamo?
Cambia contra quién se hace la gestión y con qué información. Reclamar durante meses a quien no es el que gira es una de las formas más comunes de perder tiempo de cartera.
¿Qué pasa si el pagador entra en liquidación?
La acreencia entra a un proceso concursal y la recuperación suele ser parcial y tardía. Por eso la solvencia del pagador pesa más que la antigüedad de la factura al evaluar una cartera.
Fuentes
- ADRES — giro directo, régimen contributivo
- Ley 1438 de 2011 (arts. 56 y 57) — DNP
- Supersalud — entidades en medida especial, liquidación y traslados de EPS
Este artículo es información general, no asesoría jurídica ni contable. La normatividad cambia: verifique el texto vigente antes de tomar una decisión.
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