La nota crédito en salud: qué reconoce y cuándo
Publicado el 13 de agosto de 2026
Respuesta corta
En el procedimiento de devoluciones de la Resolución 2284 de 2023, si el prestador guarda silencio dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación de la devolución, acepta tácitamente el motivo y debe expedir la respectiva nota crédito. Ese detalle convierte a la nota crédito en algo más que un ajuste contable: es el acto por el cual el prestador reconoce que el valor objetado no se le adeuda. La consecuencia práctica es doble. Primero, el silencio no es neutro: produce el mismo efecto que aceptar. Segundo, la nota crédito debe expedirse dentro del sistema de facturación electrónica, de modo que un ajuste decidido en la conversación de cartera termina siendo un documento con efectos tributarios. Conviene que quien decide aceptar una glosa y quien emite la nota crédito estén de acuerdo.
La nota crédito se trata como un ajuste contable: un documento que emite el área administrativa para cuadrar un número. En salud es bastante más que eso. Es el acto por el cual el prestador reconoce que un valor que facturó no se le adeuda.
1. Dónde aparece en el procedimiento
En el trámite de devoluciones de la Resolución 2284 de 2023. Comunicada la devolución, si el prestador considera que es injustificada debe responder dentro de los cinco días hábiles siguientes a recibirla. Si guarda silencio dentro de ese término, acepta tácitamente el motivo de devolución y debe expedir la respectiva nota crédito.
2. El silencio tiene consecuencias documentales
Esa es la parte que sorprende. No responder no deja el asunto abierto ni lo posterga: produce una aceptación y, con ella, la obligación de emitir un documento. La inercia administrativa del consultorio se convierte en una decisión de cartera que nadie tomó conscientemente.
3. Y del otro lado también corre un reloj
Comunicada la respuesta del prestador, la entidad responsable de pago cuenta con cinco días hábiles siguientes a recibirla para aceptarla o notificar la reiteración de la devolución. De no notificarse, se entiende que la devolución era injustificada. El procedimiento tiene simetría; lo que suele faltar es que alguien la esté midiendo.
4. La nota crédito no es solo un asiento
Es un documento del sistema de facturación electrónica, con requisitos y efectos propios. Un ajuste decidido en una conversación de cartera termina siendo un documento con consecuencias tributarias, y eso obliga a que las dos áreas hablen antes de emitirlo.
5. El error organizativo más común
Que la decisión de aceptar la objeción y la emisión del documento vivan en escritorios distintos. Cuando pasa, aparecen dos patologías: notas crédito emitidas por objeciones que el médico habría discutido, y objeciones aceptadas de hecho por silencio sin que nadie emitiera nada.
6. La regla mínima
- Toda devolución recibida entra a un registro con su fecha, el mismo día.
- Alguien decide, dentro del término, si se discute o se acepta.
- Si se acepta, la nota crédito se emite como parte de esa decisión, no semanas después.
- Si se discute, la respuesta sale con fecha y se le hace seguimiento a los cinco días del pagador.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo debo expedir una nota crédito?
La Resolución 2284 de 2023 prevé que, si el prestador guarda silencio dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación de la devolución, acepta tácitamente el motivo y debe expedir la respectiva nota crédito.
¿Es solo un ajuste contable?
No. Es el reconocimiento de que el valor objetado no se adeuda, y a la vez un documento del sistema de facturación electrónica con efectos tributarios propios.
¿Qué pasa si respondo a tiempo?
Si el prestador considera injustificada la devolución, debe dar respuesta dentro de los cinco días hábiles siguientes a recibirla, y la entidad responsable de pago cuenta con cinco días hábiles para aceptarla o reiterar la devolución.
¿Quién debería decidir emitirla?
La misma persona que decide si la objeción se acepta o se discute. Cuando la decisión de cartera y la emisión del documento viven en escritorios distintos, aparecen notas crédito que nadie recuerda haber autorizado.
Fuentes
- Resolución 2284 de 2023 — Normograma Supersalud
- Resolución 2275 de 2023 — Normograma Supersalud
- Resolución 000165 de 2023 — Compilación Jurídica de la DIAN
Este artículo es información general, no asesoría jurídica ni contable. La normatividad cambia: verifique el texto vigente antes de tomar una decisión.
Siga leyendo
- Glosa o devolución: la diferencia que decide el cobroObjetar un renglón y devolver la factura entera no son el mismo problema, no tienen el mismo plazo y no se arreglan igual. Dónde está la diferencia.
- Radicación de facturas en salud: dónde se pierden los díasSin radicado no corre ningún plazo. Qué lleva el paquete, qué lo invalida y por qué el costo real de radicar se mide en días de una persona, no en errores.
- Facturación electrónica DIAN en el consultorioExcluido de IVA no es lo mismo que exento de facturar. Y la factura ante la DIAN no es el paquete de cobro ante el pagador.