Autorizaciones: el papel que decide si le pagan
Publicado el 31 de julio de 2026
Respuesta corta
La autorización es el documento con el que la entidad responsable de pago garantiza el cubrimiento de un servicio antes de que se preste. El Decreto 4747 de 2007 regula su solicitud y sus tiempos: para los servicios posteriores a la atención inicial de urgencias fija plazos de respuesta de dos y de seis horas y establece que, si no hay respuesta dentro de esos términos, el servicio se entenderá como autorizado; para los servicios electivos, la solicitud la diligencia el prestador con destino a la entidad responsable del pago. En un consultorio quirúrgico el problema rara vez es obtenerla: entre la autorización y la cirugía pasan semanas, y una autorización vencida, expedida para un código distinto del que finalmente se realizó, o a nombre de otra institución, convierte una factura clínicamente impecable en una devolución que hay que corregir y radicar de nuevo.
Una factura puede estar clínicamente impecable, con historia completa y descripción quirúrgica correcta, y devolverse entera por un papel administrativo firmado semanas antes. Ese papel es la autorización, y su ciclo de vida es más corto de lo que casi nadie vigila.
1. Qué es una autorización
Es el documento con el que la entidad responsable de pago garantiza el cubrimiento de un servicio antes de que se preste. No es una orden médica ni un consentimiento: es la confirmación de que ese pagador va a reconocer ese servicio, para ese paciente, en esas condiciones.
2. Los tiempos que fija la norma
El Decreto 4747 de 2007 regula la solicitud de autorización y sus términos de respuesta. Para los servicios posteriores a la atención inicial de urgencias fija plazos de dos (2) y de seis (6) horas según el caso, y establece que si no hay respuesta dentro de esos términos el servicio se entenderá como autorizado. Para los servicios electivos, la solicitud la diligencia el prestador con destino a la entidad responsable del pago, siguiendo el formato y el procedimiento definidos.
La regla del silencio en urgencias es útil precisamente cuando se documenta: sirve si quedó constancia de la hora de envío de la solicitud y de la ausencia de respuesta. Sin ese registro, la regla existe pero no se puede invocar.
3. Los tres desajustes que devuelven la factura
- Autorización vencida. Entre la autorización y la programación quirúrgica pasan semanas; la vigencia no avisa cuando se agota.
- Código distinto. Lo autorizado y lo realizado no coinciden, casi siempre por un cambio de plan clínico razonable que nadie tradujo al plano administrativo.
- Sede o prestador distinto. La autorización se expidió a nombre de otra institución y la cirugía terminó realizándose en otra.
Bajo el manual único de la Resolución 2284 de 2023, la ausencia de autorización cuando el servicio la requería es un defecto formal del paquete de cobro. Eso significa devolución de la factura completa, no glosa de un renglón: hay que corregir y radicar de nuevo, con el reloj de pago empezando otra vez.
4. El intervalo peligroso
El riesgo no está en el día de la autorización ni en el día de la cirugía, sino en el intervalo entre los dos. Ahí ocurren la reprogramación por disponibilidad de quirófano, el cambio de plan por un examen nuevo, el traslado de sede y la espera del paciente. Ninguno de esos hechos actualiza el documento por sí mismo.
5. Cuando el hallazgo cambia el procedimiento
Si lo realizado difiere de lo autorizado, lo que se cobra deja de coincidir con lo aprobado. Lo que protege el cobro es documentar el hallazgo en la historia clínica y gestionar el ajuste de la autorización antes de radicar, no después de la objeción. Una vez radicada la factura con esa diferencia, la conversación ya no es administrativa: es una discusión sobre pertinencia.
6. Dónde debe vivir la fecha de vencimiento
En el mismo lugar donde vive la programación quirúrgica, no en el correo donde llegó la autorización. La prueba práctica es simple: si hoy le preguntan cuántas autorizaciones vencen en los próximos quince días, ¿la respuesta sale de una lista o de la memoria de una persona? Cuando sale de la memoria, la respuesta suele llegar el día de la devolución.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si opero sin autorización vigente?
El servicio se prestó, pero el cobro queda sin el soporte que el pagador exige. Bajo el manual único de la Resolución 2284 de 2023 la ausencia de autorización cuando el servicio la requería es un defecto formal del paquete de cobro: la factura se devuelve completa y hay que corregirla y radicarla de nuevo.
¿Cuánto tiene el pagador para responder una solicitud de autorización?
Para los servicios posteriores a la atención inicial de urgencias, el Decreto 4747 de 2007 fija plazos de respuesta de dos (2) y de seis (6) horas según el caso, y prevé que si no hay respuesta dentro de esos términos el servicio se entenderá como autorizado. Para los servicios electivos, la solicitud la diligencia el prestador con destino a la entidad responsable del pago.
¿La autorización cubre lo que se encuentra durante la cirugía?
No necesariamente. Si el procedimiento realizado difiere del autorizado, lo que se cobra deja de coincidir con lo aprobado. Documentar el hallazgo en la historia clínica y gestionar el ajuste antes de radicar es lo que evita la discusión posterior.
¿Cómo evito que se venzan las autorizaciones?
Registrando la fecha de vencimiento de cada autorización en el mismo lugar donde vive la programación quirúrgica, no en el correo donde llegó. El vencimiento no avisa: se descubre el día de la cirugía o, peor, el día de la devolución.
Fuentes
- Decreto 4747 de 2007 (compilado en el Decreto 780 de 2016) — Normograma Supersalud
- Resolución 2284 de 2023 — Normograma Supersalud
- ABC de las Resoluciones 2284 y 2335 de 2023 — MinSalud
- Decreto 780 de 2016 (Decreto Único del Sector Salud) — Normograma Supersalud
Este artículo es información general, no asesoría jurídica ni contable. La normatividad cambia: verifique el texto vigente antes de tomar una decisión.
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